CONSTITUCIONAL
Asesoría en materia de controversias constitucionales en materias de:
a. Servicios Públicos.
b. Intervención de la Tesorería
Municipal por parte del
Congreso del Estado.
c. Falta de emplazamiento al
ayuntamiento.
d. Desaparición de municipios.
e. Omisión del Poder Legislativo
de resolver conflictos de
límites territoriales entre
municipios.
f. Violación del régimen de
libertad hacendaria (retención
de participaciones federales del
Ejecutivo Federal y local).
g. Omisión legislativa relativa al
tema de Justicia
Administrativa Municipal.
h. Pensiones impuestas por el
Legislativo Local en beneficio
de trabajadores municipales.
i. Actos omisivos relativos a
publicaciones de acuerdos
aprobados por los
ayuntamientos por parte del
ejecutivo local.
j. Revocación de un acuerdo de
cabildo en que el ayuntamiento
destituye a uno de sus
integrantes.
k. Defensa de entidades
federativas o municipios contra
la emisión, reforma
o modificación de leyes que
afecte su esfera jurídica.
Asesoría a diputados (locales y federales) y senadores, tanto en la elaboración de iniciativas de ley, como en la elaboración de acciones de inconstitucionalidad respecto de normas de carácter general que contravengan los postulados constitucionales, para ello se requiere que cuando menos el 33% del órgano legislativo que haya expedido la norma interponga la demanda respectiva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Asesoría para creación de municipios de comunidades indígenas con pleno reconocimiento legal y constitucional tanto por los institutos electorales, como por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Promoción de juicios constitucionales ante la Suprema Corte Justicia de la Nación, en materia electoral, respecto de los partidos políticos que se vean afectados por normas de carácter general reformada, creada o adicionada en tiempos electorales en términos del artículo 105 de la Constitución de la República.
